Como ver una notificacion de la Seguridad Social

¿Deseas evaluar el nuevo servicio? Ingresa a la sede electrónica de la Seguridad Popular con tu certificado electrónico; en Comienzo, acceda a Alertas telemáticas en el menú Comienzo y desde allí a Preguntar y firmar alertas telemáticas.

Al entrar al servicio observará la presencia de 2 buscadores web, uno mucho más simple que deja filtrar las alertas por género de receptor y número, y otro buscador mucho más adelantado para consultas que necesitan mucho más especificidad.

Alertas de la Seguridad Popular

En el momento en que el usuario acceda a este sistema, va a poder ver el catálogo de alertas de la Seguridad Popular que tiene a su predisposición. Frecuentemente, si hablamos de una notificación importante, la Seguridad Popular informa al ciudadano por correo o vía mensaje de texto.

De este modo, en el mencionado cuadro de alertas va a poder ver los próximos elementos, liderados en lo personal al usuario receptor:

Videoguía de la Seguridad Popular

La gaceta de la Seguridad Popular ha anunciado últimamente este vídeo sobre de qué forma emplear el servicio de solicitud de alertas Otros productos relacionados

Pedir un certificado de trabajo

Quién está obligado a usar la vía telemática

) Tanto las compañías como los autónomos tienen la obligación de recibir las alertas de la Seguridad Popular por medios electrónicos: El producto 4 de la citada Orden ISM/903/2020 establece las figuras que tienen que emplear el sistema de alertas de la sede electrónica, siendo objeto de exactamente las mismas las próximas alertas o comunicaciones:

  • Las similares con la actividad profesional de personas o Entidades que ejercitan profesión agremiada.
  • Los relativos a personas físicas adheridas, facultativa u obligatoriamente, al Sistema RED, según lo pensado en la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo.
  • Los relativos a otra gente físicas que sean solicitantes o perceptoras de posibilidades por parto o precaución de inferiores, por peligro a lo largo de la lactancia o peligro a lo largo del embarazo.
  • Los relacionados con los anotados en el registro electrónico de poderes, o los que ostenten poder general, aun en el momento en que sus mandantes no tengan la obligación de tener relaciones electrónicamente con la Administración.

Alertas telemáticas

Según la Orden Del ministerio ESS/485/2013 publicada en el mes de marzo de 2013 en el B.O.Y también, las comunicaciones S.S que antes se efectuaban por correo en este momento se tienen que efectuar electrónicamente A través de esta Orden Del ministerio se crea un Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) para hacer más simple su régimen.

Hay distintas sujetos o entidades que tienen que incorporarse a este nuevo régimen. Entre ellos podemos encontrar:

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