Cuando no es exigible el plan de seguridad y salud

Muchas son las inquietudes y ambigüedades con las que están los prevencionistas en el momento de emprender la normativa de la PRL y, lógicamente, quienes no están muy metidos en la materia tienen mucho más adversidades para entenderla y también interpretarla. Este es la situacion del Archivo de Administración Precautoria. En el presente artículo quisiese intentar aclarar, en la situacion de ejecución de proyectos, cuáles son el objeto y la ocasión en que el Contratista debe llevar a cabo un Plan de Seguridad y Salud o un Archivo de Administración Precautoria; en tanto que muy con frecuencia estos se confunden, e inclusive muchas veces observamos que no se sabe la figura del segundo. Primeramente, es conveniente indicar que, en el momento en que una obra requiera un Emprendimiento o un Informe Evaluado, estos documentos se van a acompañar siempre de un Estudio (ESS) o Estudio Básico de Seguridad y Salud (EBSS), que va a ser elaborado por el proyectista (u otro facultativo), que tenga dentro las disposiciones en general en temas de PRL y las concretas para la ejecución de que se trate. Este ESS o EBSS va a ser la base o propuesta sobre la que el Contratista realizará el Preceptivo Plan de Seguridad y Salud (PSS), archivo de PRL que desarrollará lo contenido en el primero, adaptándose a la una parte de la obra que le sea correcto. realizar y a su sistema y medios de trabajo. Este Plan, que habrá de ser ratificado por el Coordinador de Seguridad y Salud en la etapa de ejecución (CSS), siempre antes que el Contratista logre entrar a la obra, va a ser la referencia en concepto de PRL para las ejecuciones y actores que en él se integren. detallar. Por su parte, la Autoridad Laboral pertinente requerirá esa PSS, aprobada por la CSS, a la compañía que desee gestionar la pertinente Apertura del Centro de Trabajo. Hasta aquí pudimos comprender que todo está clarísimo, y que siempre y en todo momento va a ser preciso acatar esta operación para cumplir en este sentido con la PRL en temas de proyectos de construcción. Pero en la práctica, y desde un inicio, el inconveniente se propuso en el momento en que las proyectos sin Emprendimiento debían encuadrarse en este marco: intervenciones de este género son muchas, y necesitan asimismo de la pertinente Apertura del Centro de Trabajo. Para estas situaciones, en los primeros años desde el momento en que entraron en vigor las “reglas de base” en PRL que rigen en este país (Ley 31/1995, Ley 39/1997, RD 1627/1997, etcétera.) hubo una suerte de limbo normativo; desde 2010 hasta hace unos cuantos años, valía la pena que la compañía Contratista aportase la Evaluación de Peligros (de las ejecuciones, maquinaria y medios socorrieres; que se puede conseguir en su Servicio de Prevención) para gestionar la Apertura del Centro de Trabajo. Y si bien prosigue vigente la normativa que de este modo lo señala (Orden TIN/1071/2010), se hizo palpable la necesidad de dar un archivo que justifique la planificación precautoria en su grupo para la obra específica de que se trate (en el que se incluirían la mayoría de los contenido obligación de un Plan de Seguridad y Salud). Por este motivo, el INSSBT publicó en 2015 las “Directivas Básicas para la integración de la prevención de peligros laborales en las proyectos de construcción”, cuyo contenido señala la conveniencia de llevar a cabo el Archivo de Administración Precautoria de la Obra, para la situacion de proyectos sin Emprendimiento. En tal archivo, exactamente la misma sucede con la PSS, se va a deber integrar la pertinente Evaluación de Peligros. De esta manera, la necesidad manifiesta de una planificación integral se concilia asimismo para la situacion de proyectos sin Emprendimiento, con la exigencia señalada en la citada Orden, y sin ingresar en enfrentamiento con la afianzada figura del Plan de Seguridad y Salud (en verdad , prácticamente fué un mero “cambio de título”). Para finalizar, cabe nombrar que para la situacion concreto de proyectos sin Emprendimiento y en las que concurran múltiples compañías contratistas, se va a deber llevar a cabo una PSS y designar un Coordinador de Seguridad y Salud. Bibliografía anexa. Xavier Urpí Benach Técnico Medio en PRL (Especialidad en edificación y proyectos) Directivo General de PSS CONTRATISTA Fuentes similares con el producto “Directivas básicas para la integración de la prevención de peligros laborales en las proyectos de construcción”. INSSBT. “Solicitud sobre la documentación que se requiere para la apertura de un centro de trabajo”. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEC. SOCIAL – SUBDIRECCION GRAL. DE ORDENAMIENTO NORMATIVO “Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de peligros relacionados con las proyectos de construcción”. INSSBT. Fuentes para proyectos sin emprendimiento que implican a mucho más de una compañía Una vuelta de tuerca a las proyectos sin emprendimiento. Recopilación de reglas, guías y sentencia. AEPSAL. Seguridad laboral en proyectos inferiores (sin emprendimiento). INSSBT.

¿Es obligación efectuar una investigación de seguridad y salud?

Exactamente la misma el plan de seguridad y salud, como ahora mencionamos en nuestro producto que se dedica al mismo, es un archivo que está regulado por el Real Decreto 1627/97, ​​por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud. en proyectos de construcción.

En tal real decreto, en el apartado 1 del producto 4, se establece que el estudio de seguridad y salud es obligación en todos y cada uno de los proyectos que cumplan alguna de las próximas condiciones:

y coordinador de seguridad obligación en proyectos sin emprendimiento?

En el momento en que se efectúen proyectos de construcción o de ingeniería civil en las que no sea preciso tener emprendimiento, como trabajos de pintura y/o cuidado, si a lo largo de la ejecución de la obra mucho más de una compañía o autónomo trabajador, va a ser preceptivo el ascenso de un coordinador de seguridad y salud.

En las situaciones en que permanezca la obligación de denominar un Coordinador de Seguridad y Salud (Art 3.1 R.D. 1627/97) y el promotor no lo haya designado, se estaría incurriendo en un incumplimiento de la normativa y por consiguiente, esta acción puede ofrecer sitio a responsabilidades administrativas, laborales, civiles e inclusive penales, en el caso de incidente de trabajo.

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