Si bien las gestiones públicas distribuyen información entre organismos, es obligación que los familiares del pensionista fallecido la comuniquen, aportando el certificado de defunción. Si no se realiza este trámite, puede ofrecer rincón a sanciones. En cualquier caso, si alguna cantidad fué percibida inapropiadamente con posterioridad al fallecimiento del pensionista, va a ser obligatoria su devolución, puesto que las pensiones no se heredan. Cuando el pensionado muere, se extinguen. Cobrar en todo el tiempo la pensión de un individuo fallecida, escondiendo esta información a la administración, es un delito contra la Seguridad Popular que puede ofrecer rincón a sanciones penales. Todos los años es novedad uno de estas situaciones en los que personas que a lo largo de años estuvieron cobrando la pensión de un fallecido se combaten a multas o penas de cárcel.
En España la comunicación mucho más frecuente va a ser a la Seguridad Popular, en concreto al Centro Nacional de la Seguridad Popular (INSS), que es el organismo que administra el pago de las pensiones contributivas de invalidez, viudedad, jubilación, etcétera. y otros provecho que logre estar recibiendo el difunto. Hay 2 maneras de efectuar este trámite: A) Comunicación presencial en las áreas de trabajo de la Seguridad Popular Este trámite se efectúa en los Centros de Servicios de la Seguridad Popular (CAISS), para lo que hay que concertar cita anterior. El término para hacer llegar el fallecimiento del pensionado es de 30 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos y feriados) contados desde el día de su fallecimiento. La única documentación que hay que dar es el original y una copia del certificado de defunción. La Seguridad Popular entregará un recibo en el que conste que se ha notificado el fallecimiento y la fecha en que se causó la comunicación. En el momento en que se genera el fallecimiento de un pensionado, la Seguridad Popular paga el mes terminado de pensión en que se causó el fallecimiento, con independencia del día preciso en que se causó el fallecimiento, y paga asimismo la parte proporcional de la pensión extrapresupuestaria, si la hubiere. Como, por poner un ejemplo, en las pensiones de jubilación hay 2 pagas plus en todo el año, la parte proporcional se va a pagar por los meses que no se hayan percibido, a razón de la sexta una parte de la paga plus de cada mes. B) Trámite por medio de la sede electrónica de la Seguridad Popular El trámite de “Notificación de fallecimiento del beneficiario de la prestación” asimismo se puede efectuar por Internet desde este link de la sede electrónica: comunicación de fallecimiento del pensionista. Asimismo desde la sede electrónica y de manera presencial, hay un trámite a fin de que los familiares o herederos logren pedir a la Seguridad Popular “las posibilidades devengadas y no percibidas por fallecimiento del titular”, o sea, reclamar a la Seguridad Popular, por servirnos de un ejemplo, el pago del último mes de pensión del causante con la parte proporcional de las pagas poco comúnes que no hubiere comprado. ((__lxGc__=ventana.__lxGc__||)=__lxGc__||)=;
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