La extracción de quistes dentales entra en la Seguridad Social

En la situacion de la odontología infantil, la Seguridad Popular da mucho más servicios, tanto en medidas precautorias como asistenciales; pero va a ser mucho más prominente o mucho más bajo, en dependencia de dónde vivas. Por norma general, la asistencia a los pequeños cubre los próximos casos:

  • Sellado de grietas bucales permanentes.
  • Empastes en piezas permanentes.
  • Limpieza bucal en el momento en que se advierten inconvenientes.
  • Tratamientos en el caso de malformaciones o traumatismos en incisivos o caninos permanentes.
  • Endodoncia de dientes permanentes. Y si es requisito su extracción.
  • Aparte de todos y cada uno de los consejos y revisiones bucales

¿Qué cubre el dentista de la Seguridad Popular?

La Seguridad Popular incluye la atención principal a los pacientes y con ciertos tratamientos como los próximos:

  • Se generan infecciones o inflamaciones.
  • Análisis y extracción de muelas del juicio.
  • En el momento en que se generen lesiones, lesiones o traumatismos en la región bucal.
  • Asimismo se tienen la posibilidad de integrar biopsias si es requisito.
  • Y todo lo relacionado con la asistencia odontológica como diagnósticos o consejos para una aceptable higiene bucal.

¿Qué géneros de quistes bucales hay?

Los quistes bucales mucho más usuales se tienen la posibilidad de clasificar según el sitio preciso donde se encuentran. Por servirnos de un ejemplo, tenemos la posibilidad de clasificarlos en:

¿Qué tratamientos bucales no están incluidos?

En todo caso, el odontólogo del servicio público de salud no cubre tratamientos enmarcados en la llamada Odontología Estética, con lo que si precisas carillas, implantes, blanqueamientos u ortodoncia, vas a deber asistir a una clínica dental privada.

2- Tratamientos completados a inferiores de 15 años.

En esta franja de edad podemos encontrar un abanico de opciones considerablemente más extenso. Odontología cubierta: -Sellado de grietas. -Obturación. -Relleno. -Endodoncia. -Extracción de dientes. -Limpieza bucal. -Régimen de malformaciones o traumatismos de incisivos y caninos. -Orientación en la toma de medidas precautorias. Odontología no cubierta: -Todos y cada uno de los tratamientos antes nombrados, pero de dientes no permanentes (salvo orientación). -Ortodoncia. Aparte de los tratamientos enumerados previamente, hay las llamadas posibilidades odontológicas de la seguridad popular: Las posibilidades odontológicas de la seguridad popular no son iguales según la red social autónoma a la que pertenezcamos y se centran en la mayoría de los casos en el precaución bucodental de los pequeños. Toda esta información la puedes conseguir en la página web del Ministerio de Sanidad: Ahora te muestro un corto resumen a fin de que te logres reportar:

  1. Régimen de los procesos bucales agudos, entendiendo por semejantes los procesos infecciosos y /o anomalías de la salud inflamatorias que afecten a la región bucal, traumatismos osteodentales, lesiones y lesiones de la mucosa bucal, tal como nosología aguda de la articulación temporomandibular. Incluye consejos bucodental, régimen farmacológico de la nosología bucal que lo requiera, exodoncias, extracciones quirúrgicas, cirugía menor de la cavidad bucal, exploración bucal para la detección precoz de lesiones premalignas y, en su caso, biopsia de lesiones mucosas.
  2. Exploración precautoria de la cavidad oral en mujeres embarazadas.
  3. Medidas de prevención y atención a la niñez.

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