Que día del mes paga la Seguridad Social las bajas

Se considera Incapacidad Temporal la situación donde un trabajador, a consecuencia de una patología o lesión, no puede desempeñar con normalidad su puesto.

Una incapacidad temporal, como se señala, es por un periodo corto de tiempo. Se piensa que una vez efectuado el régimen médico pertinente, el trabajador debe poder reincorporarse a su puesto con normalidad.

Fundamentos por los que se pierde el derecho a baja laboral

Hay una sucesión de fundamentos que tienen la posibilidad de lograr que se pierda el importe de la baja laboral. Estos son:

  • Cumplir el período máximo
  • Recibir el alta médica.
  • Jubilación: en un caso así te interesará entender de qué forma pedir la jubilación y cuándo se cobra la paga plus de verano.
  • Incumplimiento de reconocimientos médicos: que se efectúan periódicamente para supervisar el estado del trabajador y su evolución.
  • Muerte.

¿Cuándo paga la Seguridad Popular las bajas por patología?

Otro aspecto que debemos tener claro es que la baja por patología es temporal. Esto es, comunmente, el trabajador se reincorpora a su puesto en exactamente las mismas condiciones en las que estaba antes de recibir el alta médica.

Los especialistas comentan que la Seguridad Popular frecuenta seguir a abonar el importe pertinente a las bajas por patología común el último día hábil de cada mes. Caso de que ese día coincida con un feriado, el ingreso se efectuará el día hábil inmediato previo.

¿Quién se hace cargo de abonar la baja por patología del trabajador?

Comunmente la prestación la paga nuestra compañía, como pago encargado de la Seguridad Popular. O sea, la Seguridad Popular paga a la compañía y la compañía paga al trabajador. De lo contrario, la Recíproca Cooperadora o la Tesorería General de la Seguridad Popular (TGSS) asimismo tienen la posibilidad de efectuar los pagos.

Si el permiso es por contingencias recurrentes, hasta el día 15 de permiso va a ser abonado por la compañía, ahora partir del 16 va a ser abonado por la Recíproca o la TGSS. Si el permiso dura mucho más de 365 días, el pago lo acepta la Seguridad Popular. Hay que tener en consideración, sin embargo, que a lo largo de los 3 primeros días de baja por contingencia común, no hay derecho a cobrar la prestación.

Ejemplo

Un trabajador que tiene una base de cotización por contingencias recurrentes de 1.340,54 €, transporta 22 días enfermo y el convenio colectivo no optimización la cuantía a sentir a lo largo de la incapacidad temporal.

  • Contingencias recurrentes base 1.340,54 €/mes
  • Lo dividimos entre 30 días. 1.340,54/30 días = 44,68 €/día

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