Se puede poner camaras en la calle

Probablemente nos hayamos hecho esta pregunta si, lamentablemente, tuvimos un inconveniente de seguridad, comunmente un hurto, pero asimismo si hemos sufrido un acto de vandalismo o no somos del gusto de un vecino o afín de nuestro bloque, casa, finca, esto es, inconvenientes de convivencia, etcétera.

Casos de demandas por no poner adecuadamente las cámaras en testeras

Los dos individuos podrían denunciar esa situación si se genera y nuestra policía actúa de trabajo. Hay situaciones en los que se ha denunciado a particulares por disponer cámaras que cubrían y grababan extensas zonas de la vía pública (una fácil búsqueda en Google plus te va a dar desenlaces).

Si bien es verdad que tienden a ser casos muy evidentes de gente que sencillamente desea pasar el momento en el hogar observando su calle en un display. Mucho más que supervisión, puede parecer un intento de Enorme Hermano.

¿Qué afirma la Ley sobre la grabación de imágenes en la vía pública?

La legislación vigente en esta materia es muy precisa y limita la instalación de cámaras de vigilancia en la vía pública única y de forma exclusiva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No las compañías de seguridad privada tienen potestad para disponer este género de sistemas de seguridad. Ninguna entidad privada o ciudadano común puede efectuar grabaciones de áreas públicas en tanto que se comprende que estarían violando la intimidad de la gente.

En lo relativo a la seguridad privada, se establece particularmente que “no se van a poder usar cámaras o videocámaras con objetivos de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de las vías y espacios públicos o accesos públicos salvo en las situaciones y en las términos y condiciones previstos en su normativa concreta, anterior autorización administrativa por el órgano competente en todos y cada caso.”

Pero, ¿qué comprende la ley por “espacio público”?

Lo cierto es que que la legislación de españa no deja clarísimo lo que considera un espacio público en temas de videovigilancia, por este motivo la AEPD ha recurrido al diccionario de la RAE para aclarar su concepto:

Un espacio público es una calle , plaza, vía u otro sitio por donde pasea o circula el público.

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